Centro de Mediación Comunitaria

  1. ¿Qué es una mediación comunitaria?
  2. Es un espacio de acción comunitaria donde se promueve el encuentro y el diálogo entre los miembros de la comunidad que mantienen un conflicto, fomentando el diseño de soluciones mutuamente beneficiosas. Propone una metodología de trabajo que requiere y reconoce un “nosotros” con el propósito de nutrir, preservar y reparar lazos sociales valiosos para la convivencia y el desarrollo de todos los actores implicados.

  3. ¿Cómo puedo evaluar si es lo que necesito?
  4. Un indicador de que puede que lo que necesites sea una mediación comunitaria es cuando necesites dialogar sobre un problema o alguna circunstancia de la convivencia que genera malestar entre vecinos/as y desees tener la posibilidad de participar junto a él o ella de un espacio que cuente con la colaboración de una persona, especialmente preparada para facilitar este tipo de conversaciones, que los acompañe en la creación y evaluación de nuevas ideas para arribar a una solución que satisfaga las necesidades de todos.

  5. ¿Qué características guían y forman los cimientos de la mediación comunitaria?
  6. El espacio de mediación requiere que todos los participantes estén de acuerdo en formar parte del diálogo y su compromiso de guardar reserva de lo que se converse, con el objetivo de crear un ambiente cuidado y seguro para expresar opiniones, deseos, temores y necesidades. La Defensoría del Pueblo de Vicente López ofrece mediación comunitaria de manera gratuita, conducida por mediadores y mediadoras voluntarios especialmente capacitados para facilitar el diálogo, promover el pensamiento reflexivo y alentar soluciones consensuadas para la mejor convivencia. El mediador o mediadora realiza esta tarea de manera imparcial y desinteresada.

  7. ¿Qué temas son mediables?
  8. A través de la mediación comunitaria se pueden abordar temas como: filtraciones, medianería, arbolado interno, consorcio y propiedad horizontal, convivencia vecinal, ruidos, entre otros.

  9. ¿Qué temas no son mediables?
  10. La mediación comunitaria no abordará temas relacionados con: causas penales, cuestiones de familia (tales como alimentos, divorcios, adopciones, régimen de visitas, sucesiones, etc), casos en los que se haya cometido un delito, y en general todas aquellas cuestiones mencionadas en el art. 4 de la Ley de la Provincia de Buenos Aires N° 13951.

  11. ¿Quiénes participan?
  12. Será necesaria la participación de los principales implicados en el problema, es decir, las personas que mantienen el conflicto y cuyas preocupaciones, temores y necesidades se encuentran directamente comprometidos en el mismo. Asimismo, podrán participar de la mediación todas aquellas personas que los principales implicados acepten incluir de común acuerdo en la conversación cuando consideren que puede colaborar con la resolución del conflicto. En todos los casos, formará parte como conductor de la mediación un mediador o mediadora, quien pondrá a disposición de los participantes una multiplicidad de habilidades y destrezas comunicacionales para favorecer el diálogo, promoviendo la escucha y la participación activa de todos.

  13. ¿Cómo puedo solicitar una mediación?
  14. Actualmente se puede ingresar la solicitud de mediación comunitaria: - A través de las redes sociales de la Defensoría del Pueblo de Vicente López. - Enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: correo@defensorvlopez.gob.ar - Concurriendo a la Defensoría en los horarios de atención al público.

  15. ¿Cómo se llevan a cabo los encuentros de mediación?
  16. Las mediaciones comunitarias pueden realizarse de diversas formas, según lo que de ella se requiera y las posibilidades de los participantes. Actualmente trabajamos con tres modalidades: - Presencial: en la sala de mediación comunitaria de la Defensoría del Pueblo. - A distancia: a través de plataformas tales como zoom, google meets, videollamadas de WhatsApp. - Híbrida: pudiendo celebrarse de manera presencial y a distancia al mismo tiempo.

  17. ¿Qué validez tiene el acuerdo arribado en el marco de una mediación comunitaria?
  18. Un acuerdo celebrado en mediación comunitaria tiene la validez de un compromiso asumido entre los participantes.

  19. ¿Qué sucede si no se cumple el acuerdo?
  20. Los participantes pueden volver a solicitar una mediación para conversar al respecto y de creerlo necesario, llegar a un nuevo acuerdo.

Solicitud de mediación

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4799-5119/5127/5146

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