Defensor Adjunto
Corresponderá al adjunto del Defensor del Pueblo:
- Asistir en las tareas delegadas por el Defensor del Pueblo.
- En su condición de auxiliar, es directamente responsable de su gestión ante el Defensor del Pueblo, debido al carácter unipersonal de la función.
- El ejercicio de las competencias asignadas al Defensor del Pueblo en los casos de delegación y substitución previstos en la ordenanza 11.591 y sus modificatorias.
- Intervenir, de acuerdo a la delegación del ejercicio de competencia que efectuare el Defensor del Pueblo, en la tramitación de las actuaciones que se inicien de oficio o a pedido de los interesados, proponiendo al titular de la institución, en su caso, la admisión o rechazo de aquellas y las resoluciones que se estimen procedentes.
|
 |
| |
Dra. Sandra Fabiana Celli |
|